Aprovechando los comentarios ofrecidos en la pasada clase sobre que es realmente la Educación de Personas Adultas y la Educación Permanente quisiera exponer, tras consultar la pagina web de la Junta de Andalucía los siguientes contenidos que pueden clarificar en cierto modo las dudas que aún puedan existir. Así, en la citada web aparece en relación al aprendizaje permanente:
La Comisión Europea ha establecido que el aprendizaje permanente es toda actividad de aprendizaje útil, realizada de manera continua, con objeto de mejorar las cualificaciones, los conocimientos y las capacidades. Esta definición, que en pocas palabras abarca un ámbito muy extenso, nos obliga a reflexionar y a comprender el porqué de su necesidad y qué debemos de hacer para lograr que dicho aprendizaje sea una realidad en nuestra sociedad.
Desde el ámbito de la educación y de la formación, el aprendizaje es un proceso acumulativo por el que las personas adquieren diferentes tipos de conocimiento, cada vez más complejos, con los que abordan diferentes situaciones profesionales, personales, y sociales. Dicho aprendizaje, no surge solo por una única vía, sino que se van a ir estableciendo diversas formas de adquirirlo, que deberán de ser cada vez más flexibles y cercanos a los ciudadanos, y que podríamos resumir en tres principales:
Un Aprendizaje Formal, referido a la adquisición de capacidades y conocimientos en un contexto organizado, con un reconocimiento y certificación oficial.
Un Aprendizaje No Formal, referido a un contexto de experiencia a lo largo de los años en una actividad determinada, o a una actividad donde se adquieren los conocimientos en un contexto menos organizado, complementario a las actividades del aprendizaje formal y sin certificación oficial.
Un Aprendizaje Informal, referido a la adquisición de conocimientos y capacidades en un contexto de aprendizaje en la vida diaria, sin organización expresa, por medio de diversos medios, y sin certificación oficial.
Del mismo modo y más relacionada con la Educación de Personas Adultas encontramos lo siguiente:
La educación permanente de personas adultas tiene la finalidad de ofrecer a todos los mayores de dieciocho años la posibilidad de adquirir, actualizar, completar o ampliar sus conocimientos y aptitudes para el desarrollo personal o profesional. A tales efectos, la Administración de la Junta de Andalucía promoverá la implantación de una oferta de enseñanzas flexible que permita la adquisición de competencias básicas y de titulaciones a esta población.
Excepcionalmente, podrán, asimismo, cursar enseñanzas las personas mayores de dieciséis años, o que cumplan esa edad dentro del año natural en que comienza el curso escolar, que lo soliciten y que acrediten alguna de las siguientes situaciones:
- Tener un contrato laboral que no les permita acudir a los centros educativos en régimen ordinario.
- Ser deportista de alto rendimiento.
- Encontrarse en situación personal extraaordinaria de enfermedad, discapacidad o cualquier otra situación de carácter excepcional que le impida cursar las enseñanzas en régimen ordinario.
También aporto otra definicion de la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid. Ésta es la siguiente:
La Educación de Personas Adultas está dirigida a personas mayores de 18 años que necesiten o deseen adquirir una formación inicial, mejorar o actualizar sus conocimientos o conseguir determinados títulos y certificados. La Educación de Personas Adultas está dirigida a personas mayores de 18 años que necesiten o deseen adquirir una formación inicial, mejorar o actualizar sus conocimientos u obtener los títulos de Graduado en Educación Secundaria Obligatoria, Bachillerato (sólo en modalidad Distancia) y de Técnico o Técnico Superior en el caso de los Ciclos Formativos de Formación Profesional específica ofertados (sólo a distancia en los IES).También se puede obtener el Certificado oficial del Ciclo Elemental de Inglés, expedido por la Escuela Oficial de Idiomas (a distancia a través del Programa That´s English!).En los Centros de Educación de Personas Adultas se puede acceder a una enseñanza adaptada a las características de la persona adulta, con horarios de mañana, tarde y noche, compatibles con la vida familiar y laboral.
Esta ha sido una herramienta útil para conocer y delimitar los ámbitos de actuación de la Educación de Personas Adultas, así como los destinatarios de ésta. Espero le sea también de provecho para aquellos que aún tengan dudas.
Saludos!!
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario